A la fecha, en nuestro país, contamos con diferentes Leyes que regulan temas vinculados a la muerte súbita. Además, contamos también, con normativas y reglamentaciones laborales que regulan dichos temas en ese ámbito.
Muchas de estas reglamentaciones son habitualmente desconocidas por la población, y su incumplimiento, puede ante alguna eventualidad desafortunada, acarrear diferentes grados de perjuicio civil y/o penal.
¿Sabias que, por ejemplo, la ley nacional N° 27.159 tiene como objeto regular un sistema de prevención integral de eventos por muerte súbita en espacios públicos y privados de acceso público a fin de reducir la morbimortalidad súbita de origen cardiovascular?
Esta ley fue recientemente reglamentada por decreto nacional, lo cual es un gran avance en materia de salud pública.
Cumplir con las leyes vigentes, salva vidas
FUPREMUS
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